Redacción Ecos. Foto: Colprensa.- El próximo martes, la Corte Constitucional en pleno empezará a debatir uno de los ejes fundamentales de la estrategia de paz del gobierno de Juan Manuel Santos: la refrendación de los acuerdos con las Farc a través del Plebiscito Especial para la Paz.
A su regreso de Suiza, donde asistió a la Conferencia de la OIT en representación de la Corte, el Magistrado Luis Ernesto Vargas entregó a sus colegas la ponencia sobre el proyecto de ley estatutaria que reglamentó el plebiscito. Como se esperaba, Vargas plantea la exequibilidad general de la iniciativa, incluidos varios puntos que, en su momento, provocaron fuerte debate en el país.
El proyecto de fallo, que requiere el apoyo de cinco de los nueve magistrados de la Corte para ser aprobado, reconoce el uso del plebiscito como la figura que asegure la legitimidad de lo acordado en La Habana.
Vargas plantea que la Constitución Nacional no impone normas sobre el uso de los mecanismos de participación popular, en este caso el plebiscito. Esta situación, asegura, aumenta proporcionalmente el margen de maniobra del legislador estatutario. En este caso, el Congreso cumplió con las normas para aprobar la reglamentación y lo decidido, entonces, no chocaría con la esencia de la Carta del 91.
La ponencia establece que el Presidente de la República puede convocar a un plebiscito (que en esencia es una pregunta sobre un tema esencial para la Nación que se responde con un sí, un no o en blanco) y que esta figura tiene carácter vinculante (si triunfa el sí, se deben hacer los cambios legales y constitucionales necesarios para cumplir el acuerdo de paz).
El proyecto de fallo avala también que la aprobación se logre en caso de que el 13 por ciento del censo electoral vigente vote por el sí y, en todo caso, que supere los votos por el no. El umbral de aprobación normal exige una participación del 25 por ciento del censo electoral. Con el cambio que avaló el Congreso el año pasado, se necesitarían entre 4 y 5 millones de votos favorables para aprobar el plebiscito por la paz.
Otro tema que supera su primera prueba es la autorización para que los funcionarios públicos puedan hacer campaña por el sí, el no o la abstención. El asunto es clave porque hace dos meses la Procuraduría, en su concepto a la Corte, había señalado que se trataba de una conducta susceptible de castigo.
Si se impone la ponencia, la Procuraduría –cuyo titular, Alejandro Ordóñez, es reconocido opositor al proceso de paz con las Farc– no podrá investigar a ningún funcionario por promover el plebiscito.
Este viernes, el Ministro del Interior, Juan Fernando Cristo, aseguró que el Gobierno espera que “la Corte Constitucional en pleno tome una decisión favorable” a la consulta.
“Una vez se dé esa decisión y se firmen los acuerdos de La Habana, se estará convocando a plebiscito para que los colombianos por primera vez voten sí o no al contenido de unos acuerdos de paz. Esperamos una jornada de participación masiva donde los colombianos decidan sobre el conflicto. Eso será con votos, no con firmas que nadie revisa ni certifica”, dijo Cristo.