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Por Redacción Ecos. Foto: Medicos.com.-  El Congreso de la República este martes prodigó una esperanza a todos los pacientes crónicos  que se encuentran en espera de un órgano para prolongar su existencia.

La Comisión Primera del Senado, en su estudio constitucional, “aprobó la ley de Donación de Órganos”. Esta ley 1805 faculta a los médicos y especialistas extraer partes de un cuerpo recién fallecido, sin la autorización de algún familiar. La ley señala que toda persona es donante y su decisión de donar es personal, a excepción de los que hayan manifestado por escrito en vida su desacuerdo.

El Doctor Rodrigo Botero, Médico Cirujano, afirma que esta ley es un gran avance para la Medicina Colombiana, porque va a permitir que muchos enfermos crónicos tengan calidad de vida y prolonguen su existencia. El galeno destacó  que son muchos los pacientes que ya se han beneficiado con la donación de córnea, hígado y riñón, siendo esta la primera demanda en lista de espera.

Las ciudades que podrán aplicar esta ley, en beneficio de la comunidad, serán las poblaciones de Medellín, Bucaramanga, Cali y Bogotá, por la estructuras de sus centros hospitalarios.

La ley expresa que las donaciones no generan ningún tipo de vínculo familiar, legal o económico. La voluntad de donación hecha en vida por una persona, sólo puede ser revocada por ella misma, aclarando que no podrá ser sustituida por deudos o familiares.

Asismismo, la ley prohíbe  que se utilicen órganos o tejidos de niños no nacidos o abortados. 

Efraín Cepeda Sarabia, Senador del Partido Conservador, autor de esta iniciativa legislativa, señaló que  "este proyecto no sólo salva vidas, sino que mejora la vida de muchos que se encuentran en lamentable estado de salud".
El congresista recordó que al momento de morir, son 52 órganos disponibles que una persona puede donar y no es justo que se pierdan en una cremación o en una tumba.
 

Cepeda Sarabia expresó, igualmente, que en esta nueva ley, la decisión de donar los órganos es completamente libre y ningún familiar la puede cambiar al momento de la muerte cerebral del donador.

La ley faculta a las EPS para que mediante exámenes médicos determine si una persona puede ser o no donante, según su condición física y puede inscribirlo en el  centro de donantes respectivo para evitar algún percance de contagio.

El congresista informó que con el desarrollo del Banco de Órganos se ejecutará una mejor labor de asistencia a los pacientes en espera de un trasplante.