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José Félix Lafaurie Rivera
José Félix Lafaurie Rivera

Por: José Félix Lafaurie Rivera*.- O mejor, un “*burlesque*”, ese estilo decimonónico, abundante en equívocos para burlarse de algo; como de los colombianos se han burlado Santos, las Cortes, la JEP, las Farc y la Farc, la izquierda y el centro con nostalgias de izquierda, y por supuesto, Santrich. Veamos los principales actos.

Abril/18: *captura*. Santrich es detenido con fines de extradición a solicitud de Estados Unidos por narcotráfico. Para iniciar el sainete, se victimiza con huelga de hambre.

Mayo/18: “*chambonada*”. La JEP ordena suspender el proceso cuando ni siquiera se ha recibido la solicitud de Estados Unidos…, y La Fiscalía obedece.

Julio/18: *sensatez*. Por iniciativa del Centro Democrático, la Ley de procedimientos de la JEP precisa que, ante una solicitud de extradición, la Sección de Revisión solo verificará que los hechos sean posteriores a la firma del Acuerdo y que “No” podrá practicar pruebas.

Agosto/18: *obstinación*. En el control de constitucionalidad al proyecto de Ley estatutaria (artículo 150), la Corte conserva el término de “evaluará” y no prohíbe la práctica de pruebas.

Octubre/18: *Inaudito*. La JEP pide a Estados Unidos pruebas imposibles y, como en un buen sainete, en enero de 2019 se produce el show de la carta refundida.

Febrero/19: *Soberanía*. La justicia norteamericana responde que no aportará más pruebas, porque en el indictment están las necesarias.

Marzo/19: *cambiazo*. En respuesta a una demanda contra la Ley de Procedimientos, la Corte cambia la palabra “verificará” por “evaluará”, y retira el término “No”, permitiendo con ello la práctica de pruebas.

*Principios*. El presidente objeta el artículo 150, porque contradice la Ley de Procedimientos y porque la extradición es un acto de naturaleza administrativa, sin valoración de pruebas ni cuestionamiento de la autoridad extranjera.

Mayo/19. *El chiste*. La JEP ordena liberar a Santrich, porque Estados Unidos no remitió las pruebas y, por ello, no pudo determinar la fecha precisa del delito. La Procuraduría apela.

*La recaptura*. La Fiscalía se toma su tiempo y, como el sainete continúa, Santrich sale a escena para victimizarse como suicida frustrado. Al final, es liberado y la Fiscalía lo recaptura con nuevas evidencias.

*La “fuerza mayor*”. El Consejo de Estado deja en firme la investidura de Santrich porque no se pudo posesionar por “razones de fuerza mayor”. Claro: estaba en la cárcel.

*El afán*. ¡Al día siguiente!, la Sala Penal de la Corte Suprema decide que el fuero se obtiene con el reconocimiento del CNE y no con la posesión. Es como si el presidente obtuviera sus atribuciones con la elección y no al posesionarse el 7 de agosto.

*La liberación*: El 30 de mayo Santrich queda en libertad en cumplimiento de la orden de la Corte.

Junio/19: *respeto*. El presidente Duque acata la orden de la Corte Constitucional y sanciona la Ley Estatutaria.

¿*Ingenuidad*? La Corte Suprema abre investigación, pero no ordena captura sino que lo cita a indagatoria el 9 de julio. Debe ser –digo yo– que no lo consideraba un peligro para la sociedad ni que pudiera fugarse.

*Doble rasero*. Se posesiona en la Cámara y, como rechazo a su presencia, levantan la sesión los mismos que, paradójicamente, negaron la objeción presidencial.

*La fuga*. El 29 de junio, en la noche, Santrich se vuela con evidentes complicidades.

Julio/19: *Destino seguro*. Cuando termino estas líneas, los medios informan que Santrich está a buen resguardo en Venezuela.

*Fin del sainete*. El 9 de julio la – ¿ingenua? – Corte Suprema se quedará esperando a Santrich. ¿Lo pedirán en extradición a Maduro? Quizás, quizás, quizás.

Concluirá más de un año de sainete, de burla a las instituciones, a las víctimas y a la paz.

Bogotá, D, C, 7 de julio de 2019

Presidente de Fedegan

@jflafaurie