La Corte Constitucional declaró inexequible la Ley 2281 de 2023, que instituyó el Ministerio de Igualdad y Equidad, por considerar vicios de trámite en su estructuración porque no se realizó un correcto análisis de su impacto fiscal.
El máximo tribunal constitucional del país le dio un plazo al Gobierno y al Congreso para en un plazo de dos legislaturas, sería en el 2025, para corregir las irregularidades. De acuerdo al fallo, e no desaparece el ministerio, pero se insta al ejecutivo y al legislativo corregir las falencias cometidas en su trámite.
Los argumentos de la sentencia determinan que el Congreso, durante los debates del articulado en las cámaras, no llevó a cabo un análisis de impacto fiscal de la creación del ministerio, conforme a las leyes vigentes sobre el presupuesto.
“Esta omisión violó el artículo 151 de la Constitución, según el cual el cumplimiento de los requisitos para la aprobación de las leyes ordinarias previstos en las leyes orgánicas, tales como la Ley 819 de 2003, constituyen un parámetro de constitucionalidad y validez. Por esta razón, la Sala Plena declaró la inexequibilidad de la Ley 2281 de 2023”, expresó la Corte en un boletín informativo.
Los magistrados en la sentencia aclararon la continuidad del ministerio ya que la eliminación inmediata del mismo “causaría una desarticulación institucional que afectaría la implementación de la política pública que ha sido diseñada por el legislador y el Ejecutivo para garantizar los derechos de sujetos de especial protección constitucional, tales como las madres cabeza de familia y las personas en situación de discapacidad”, precisa el fallo, con el ánimo de proteger el principio de igualdad contemplado en la Constitución.
La vicepresidenta de Colombia y ministra de la igualdad y la equidad, Francia Márquez, respecto al fallo afirmó: “Respetamos, pero no lo compartimos”.
Bogotá, D. C, 10 de mayo de 2024
Redacción Ecos Actualidad.