Así lo sentenció la Corte Constitucional de Colombia en su sala plena, con seis votos a favor, contra dos en contra.
La histórica decisión para la sociedad y la justicia en Colombia, fue anunciada luego del fín del proceso de una demanda que argumentaba que en estos casos lo que debe prevalecer es el derecho de los niños a tener una familia.
Por consiguiente, la orientación sexual ya no será un impedimento para adoptar, y quienes deseen hacerlo deberán cumplir los requisitos convencionales que exige la ley, como la estabilidad social y económica.
El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (Icbf) aseguró que acatará la decisión de la Corte y que “continuará haciendo prevalecer el derecho de los niños y adolescentes a una familia”.